sábado, 19 de noviembre de 2016

LEY DE SERVICIOS SOCIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

 

El desconocido sistema de protección social
 
            Todos somos testigos de la gran movilización ciudadana en defensa de los servicios públicos, ante el gravísimo ataque que están sufriendo desde las diferentes administraciones.

            Seguridad, cultura, justicia… son citados como servicios públicos deficitarios, y aquellos de carácter más social como la sanidad, la educación o lo más actual como las pensiones son recordadas a diario por los diferentes medios de comunicación, entre los grandes desconocidos del sistema de protección social está los SERVICIOS SOCIALES.

            ¿Por qué el Sistema Público de Servicios Sociales es el gran desconocido de los sistemas de protección social? ¿Por qué se asocia a la atención exclusiva de ciudadanos en exclusión social o pobreza? ¿Estamos hablando de beneficencia, protección, ayuda?

            En la Comunidad de Madrid, nadie tiene dudas sobre lo que es la Sanidad, la Educación o el sistema de Pensiones. Cualquier persona, por escasa formación que tenga, tiene una idea de cuál es el contenido de los sistemas de protección social anteriores, incluso, es probable que sepa que todos ellos son parte de lo que llamamos Estado del Bienestar. Sin embargo eso no ocurre con los Servicios Sociales, un sistema de corto recorrido histórico en España y al que le faltaron determinadas condiciones para identificarlo, visibilizarlo y consolidarlo, lo que hace que, al día de hoy, no sólo la ciudadanía identifica mal lo que son los Servicios Sociales, es que ni siquiera los políticos hacen un buen uso del término, lo que en esta época de crisis económica, pone en riesgo de mayor vulnerabilidad a este sistema.

            Entre las razones que han hecho de los Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid un sistema desdibujado y confuso para la ciudadanía, para los propios profesionales del ámbito y para la clase política (es mayor la ignorancia o confusión cuanto mayor es su lejanía del ámbito local), podemos encontrar las siguientes:

EL CONCEPTO Y SUS DIVERSAS DENOMINACIONES

  • Denominación 1: se entiende por Servicios Sociales, las actuaciones de la política social que se desarrollan en el denominado Estado de Bienestar: Sanidad, Educación, Vivienda, Empleo, etc. 
  • Denominación 2: el conjunto de medios técnicos, humanos, materiales y económicos que se ponen al servicio de la ciudadanía para, utilizando métodos de trabajo social, contribuir a su bienestar y adaptación a su entorno social. 
  • Denominación 3: el conjunto integrado y  coordinado de programas, recursos, prestaciones, actividades y equipamientos destinados a la atención social de la población y gestionados por las Administraciones Autonómica y Local.
  • Denominación 4: Según los diferentes territorios, por ejemplo: Consejería de Acción Social, Servicios de Atención a la Ciudadanía y Empleo, etc. Tampoco existe una única denominación para hablar de los servicios sociales prestados por las entidades locales, ya que a éstos se les conoce como  servicios sociales generales, básicos, comunitarios o de atención primaria.

SU CONTENIDO GENÉRICO Y ABSTRACTO
           
          La Ley 11/2003 de la Comunidad de Madrid, señala que la FINALIDAD de los Servicios Sociales será:
            “la promoción del bienestar de las personas, la prevención de las situaciones de riesgo y la compensación de déficits de apoyo social, centrando su interés en los factores de vulnerabilidad o dependencia que, por causas naturales o sobrevenidas, se puedan producir en cada etapa de la vida y traducirse en problemas personales”

            Dentro de la misma ley, se señala como su objetivo: “el de asegurar el derecho de las personas a vivir dignamente durante todas las etapas de su vida, teniendo cubiertas las necesidades sociales.”

            La amplitud de su pretensión del bienestar ciudadano no ayuda a comprender lo que son estos servicios. Cualquier persona puede identificar y recordar mejor aquello que tiene relación con su vida personal; en ese sentido, hubiera sido importante que la ciudadanía al menos conociera con claridad cuáles son los servicios y prestaciones que se  ofrecen y gestionan en los Centros de Servicios Sociales de todo el territorio nacional, por ejemplo los de  ayuda a domicilio, teleasistencia, centros de día o el salario mínimo de inserción (con sus diversas denominaciones, según la Comunidad Autónoma), del que ahora no se habla pero que ofrece un mínimo de subsistencia a las familias sin ningún ingreso económico, por citar algunos de ellos.

AUSENCIA DE UNA LEY MARCO ESTATAL QUE GARANTICE DERECHOS BÁSICOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL

            El derecho a los Servicios Sociales no aparece reflejado en la Constitución de forma explícita. La Constitución declara que la asistencia social es competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas y han sido éstas, en virtud de dicha competencia legislativa de “Asistencia Social” atribuida por la Constitución y contemplada en sus respectivos Estatutos de Autonomía, las que han ido aprobando leyes de Servicios Sociales o de Acción Social, según sus propias denominaciones.

            La ciudadanía tiene derecho a recibir atención social pero eso no significa que se conceda una prestación concreta, ya que en la práctica, esos derechos son discrecionales, asociados a partidas consignadas en los presupuestos, ya sean de las propias autonomías o de las administraciones locales.

            Las Corporaciones Locales han asumido actuaciones de Servicios Sociales de acuerdo con el mandato de dar respuesta a las necesidades sociales en el contexto más cercano a la ciudadanía. La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (actualmente en proceso de reforma por el gobierno actual), define claramente que la competencia municipal en la prestación de Servicios Sociales, con carácter obligatorio para los municipios mayores de 20.000 habitantes.

            En conclusión debemos proponer y exigir la necesidad de continuidad del sistema público de servicios sociales, que en las últimas tres décadas ha contribuido a lograr una mayor cohesión social y que aporta en gran medida el ejercicio del derecho de todos los seres humanos a la igualdad de oportunidades y a la dignidad sin discriminación. 

            La crisis económica está proporcionando argumentos a quienes pretenden un desmantelamiento continuado y progresivo del estado de bienestar, pretendiendo debilitar y en algunos casos eliminar el papel protector de la Administración Pública, del que es una manifestación significativa el Sistema Público de Servicios Sociales, mediante el recorte presupuestario, y la argumentación de las llamadas “competencias impropias” de los municipios, etc.

            Estos recortes de servicios producen un grave deterioro en las personas atendidas en la actualidad desde el sistema, personas que se encuentran en diferentes situaciones de vulnerabilidad, riesgo social, desprotección social, familias desestructuradas y en exclusión social extrema, a las que los servicios sociales, antes de los recortes, ofrecían garantías de derechos y cobertura de prestaciones para una mayor autonomía y calidad de vida.

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